El SRI amplía los medios de pago de la tasa aduanera aplicable a mercancías provenientes de Colombia

Mediante la Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000006, el Servicio de Rentas Internas (SRI) reformó la Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000005 con el fin de ampliar y habilitar nuevos mecanismos de pago de la tasa por servicio aduanero por concepto de control aduanero aplicable a mercancías que ingresen a Ecuador desde la República de Colombia. Esta tasa fue creada mediante Resolución No. SENAE-SENAE-2026-0006-RE del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE). 

La resolución reformatoria sustituye íntegramente los artículos 2, 3 y 6 de la normativa anterior e incorpora un nuevo artículo 7, con el objetivo de facilitar la recaudación de esta tasa y fortalecer la coordinación interinstitucional entre el SRI y el SENAE. En particular, el SRI habilita un servicio de pago en línea disponible a través de su portal institucional, permitiendo a los sujetos pasivos cancelar la tasa utilizando las credenciales habituales del SRI. El sistema permite pagar mediante pasarelas de pago con tarjeta de crédito o débito, comunicando en línea el estado del pago a SENAE. 

De manera adicional, el contribuyente podrá optar por generar un Formulario Múltiple de Pagos 106, utilizando el código 9000 “Tasa Servicio Aduanero Importaciones Colombia”, con acceso a ventanillas, convenios de débito u otros canales electrónicos habilitados por las instituciones recaudadoras. En este mecanismo, el SRI notificará a SENAE el estado del pago una vez culminado el proceso de conciliación financiera. El sujeto pasivo podrá consultar posteriormente sus transacciones ingresando al portal SRI en Línea.


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