El Presidente de la República decreta compensación económica temporal para el transporte comercial ante la reforma del precio del diésel

Mediante Decreto Ejecutivo No. 180, de 9 de octubre de 2025, el Presidente de la República, Daniel Noboa Azín, dispuso la creación e implementación de un mecanismo temporal de compensación económica por la reforma al precio del diésel automotriz. El objetivo de esta medida es mitigar el impacto de la reforma en los prestadores del servicio de transporte comercial.

Alcance y beneficiarios

El mecanismo consiste en una transferencia monetaria mensual dirigida a los propietarios de vehículos de transporte comercial en las siguientes modalidades:

  • Carga pesada.
  • Carga liviana.
  • Transporte mixto.
  • Transporte escolar e institucional.

Para acceder a la compensación, los propietarios deberán constar en los registros de la Agencia Nacional de Regulación y Control del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial (ANT), utilizar diésel como combustible y cumplir los criterios definidos en la metodología aprobada por el Comité de Optimización Energética (COENER).

Forma de pago y cálculo de la compensación

El pago se realizará mediante transferencia bancaria o retiro en ventanilla. El monto se calculará con base en los volúmenes de consumo de combustible determinados en la metodología aprobada por el Ministerio de Infraestructura y Transporte (MIT).

La fórmula de cálculo considera la diferencia entre el precio de venta al público por galón de USD 1.798 (incluido IVA) y el precio establecido en el Reglamento Codificado de Regulación de Precios de Derivados de Hidrocarburos, multiplicada por el volumen de consumo aprobado.

Gestión e implementación

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) asignará los recursos para el pago, mientras que el Ministerio de Desarrollo Humano (MDH) gestionará las transferencias. La identificación de los beneficiarios se basará en la información registrada por la Unidad de Registro Social (URS).

El primer pago se efectuará a partir de la entrada en vigencia del decreto, conforme al registro que realicen los beneficiarios en la plataforma digital habilitada por el MIT.

Duración del mecanismo

El Decreto se encuentra vigente desde su suscripción, el 9 de octubre de 2025. El mecanismo de compensación tendrá una vigencia inicial de tres meses. El COENER podrá prorrogar su aplicación por un periodo adicional de hasta tres meses, previa emisión de dictamen favorable del Ministerio de Economía y Finanzas.


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13.10.2025

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