Suspensión de la jornada laboral el jueves 9 de octubre de 2025

Mediante Decreto Ejecutivo No. 172, de 2 de octubre de 2025, el presidente de la República suspendió, por esta única vez, la jornada de trabajo en todo el territorio nacional —tanto para el sector público como para el privado— el día jueves 9 de octubre de 2025. El objetivo de esta medida es incorporar dicho día al feriado nacional que comprenderá del 9 al 12 de octubre de 2025. Según el decreto, esta jornada de trabajo suspendida no será recuperable.

Durante el período de suspensión se garantizará la provisión de servicios básicos y aquellos que, por su naturaleza, deban mantenerse activos, como los de salud, bomberos, terminales terrestres, aéreas y fluviales, así como los servicios bancarios. Para ello, las autoridades de cada entidad pública deberán disponer el personal mínimo necesario para atender las demandas de la ciudadanía.


Suscríbete a nuestro boletín semanal para recibir noticias de actualidad legal:
Conectemos en:

06.10.2025

BLOG & NOTICIAS

Lo más reciente.

17.11.2025

La Corte Nacional de Justicia establece precedente sobre la rebaja aplicable en la jubilación patronal

17.11.2025

La SPDP aclara obligación de designar DPD para prestadores de servicios de telecomunicaciones

10.11.2025

La SPDP emite normativa general para el uso del interés legítimo como base de legitimación en el sector privado

05.11.2025

Nuevos estándares de la Corte Constitucional sobre los derechos de los usuarios y consumidores de servicios de telefonía móvil