Corte Nacional de Justicia establece precedente obligatorio sobre la declaración de parte en materia laboral

Mediante Resolución No. 15-2025, de 20 de agosto de 2025, la Corte Nacional de Justicia declaró como precedente jurisprudencial obligatorio que, en materia laboral, la declaración de parte del actor no constituye, por sí sola, un medio de prueba idóneo y suficiente para acreditar los hechos afirmados en la demanda.

Contenido del precedente jurisprudencial

  • La declaración de parte del actor únicamente tendrá valor probatorio si se encuentra corroborada por datos externos de carácter objetivo.
  • Dichos elementos externos deben permitir un examen de credibilidad, verosimilitud y fiabilidad de la declaración.
  • En consecuencia, la sola manifestación del trabajador demandante carece de suficiencia probatoria para fundar una decisión judicial en el ámbito laboral.

Efectos y obligatoriedad

  • El precedente tiene efectos generales y obligatorios, inclusive para la propia Corte Nacional de Justicia.
  • El cambio de criterio solo podrá realizarse conforme a lo previsto en el segundo inciso del artículo 185 de la Constitución de la República.
  • La resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.


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01.09.2025

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