Mediante Resolución No. SPDP-SPD-2025-0024-R, de 25 de julio de 2025, la Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP) expidió la Normativa General para la Aplicación de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y su Reglamento en las Transferencias o Comunicaciones Nacionales e Internacionales de Datos Personales.
El objetivo de esta normativa es precisar el alcance e interpretación de los Capítulos V y IX de la LOPDP, relativos a la transferencia o comunicación de datos personales por terceros, tanto dentro del país como a nivel internacional. Además, aclara su aplicación conjunta con lo dispuesto en el Reglamento General.
Contenido y alcance normativo
- Se establece que las disposiciones del Capítulo V de la LOPDP aplican a toda transferencia o comunicación de datos personales, independientemente de si se realiza dentro del país o hacia el exterior.
- Las normas del Capítulo IX sobre transferencias internacionales deben aplicarse en concordancia con las disposiciones generales del Capítulo V.
- Se aclara que también deben observarse de forma conjunta los Capítulos V y XII del Reglamento General a la LOPDP, en todos los casos en que se transfieran datos personales internacionalmente.
- La normativa es aplicable a todos los actores del sistema de protección de datos personales que realicen este tipo de operaciones, conforme al artículo 5 de la LOPDP.
Vigencia
La resolución entró en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su posterior publicación en el Registro Oficial.