Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000005, de 28 de febrero de 2025, el Servicio de Rentas Internas (SRI) resolvió ampliar, de manera excepcional, el plazo para la presentación de la declaración del impuesto al valor agregado (IVA) y la declaración de retenciones en la fuente correspondientes al período fiscal de enero de 2025 para contribuyentes domiciliados en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, El Oro, Esmeraldas, Santa Elena, Loja y Azuay.
Nuevos plazos según el noveno dígito del RUC
Los sujetos pasivos cuyo domicilio principal se encuentre en las provincias señaladas podrán cumplir con la presentación de las mencionadas declaraciones hasta el mes de abril de 2025, de acuerdo con el siguiente calendario:
Noveno dígito del RUC | Fecha máxima de presentación – abril 2025 |
---|---|
1 | 11 |
2 | 13 |
3 | 15 |
4 | 17 |
5 | 19 |
6 | 21 |
7 | 23 |
8 | 25 |
9 | 27 |
0 | 29 |
Cuando la fecha de vencimiento coincida con un día de descanso obligatorio o feriado, esta se trasladará al siguiente día hábil, salvo que dicho traslado implique pasar al mes siguiente, en cuyo caso el plazo se adelantará al último día hábil del mes de abril de 2025.
Contribuyentes especiales, instituciones del Estado y empresas públicas
En el caso de contribuyentes especiales, instituciones públicas y empresas públicas domiciliadas en las provincias mencionadas, los plazos también se amplían, y la presentación deberá realizarse conforme al siguiente calendario:
Tipo de contribuyente | Fecha máxima de presentación – abril 2025 |
---|---|
Contribuyentes especiales | 11 |
Instituciones y empresas públicas | 21 |
Se aplican las mismas reglas en caso de coincidencia con días de descanso obligatorio o feriados.
Consideraciones importantes
Los pagos realizados antes de las nuevas fechas establecidas en esta Resolución, por concepto de multas e intereses relacionados con la presentación de estas declaraciones, no serán objeto de devolución, pues dichos pagos se efectuaron conforme a las obligaciones tributarias vigentes en ese momento.