Nuevos criterios para la deducibilidad de gastos en publicidad y patrocinios a entidades sin fines de lucro

Mediante Decreto Ejecutivo No. 366, el Presidente de la República del Ecuador introduce una reforma significativa al Reglamento a la Ley de Régimen Tributario Interno, designando al Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES) como la entidad responsable de calificar y certificar la deducibilidad de gastos en publicidad y patrocinios dirigidos a entidades sin fines de lucro que apoyan a personas con discapacidad y protegen a niños, niñas y adolescentes.

Específicamente, se añade un nuevo inciso al final del artículo 28, numeral 11, subnumeral 11.6.3 del Reglamento, establece que el MIES tendrá dos funciones clave:

  1. Calificar los programas o proyectos que buscan el apoyo para personas con discapacidad, así como la protección de niños, niñas y adolescentes, asegurando que cumplan con los requisitos establecidos por la ley.
  2. Emitir la certificación necesaria para que los gastos en publicidad y patrocinios destinados a estas entidades sean considerados deducibles en la declaración del Impuesto a la Renta.

26.08.2024

BLOG & NOTICIAS

Lo más reciente.

03.08.2026

La UAFE suspende los procedimientos administrativos sancionadores mientras adecúa su normativa interna

03.08.2026

El SRI crea un registro obligatorio para proveedores de sistemas de facturación electrónica

03.08.2026

El Ministerio de Desarrollo Humano regula el incentivo tributario del 150% para proyectos sociales de desnutrición infantil, discapacidad y protección de la niñez

03.08.2026

El SRI extiende hasta 2027 la transición del esquema de facturación para el transporte terrestre comercial