Mediante Decreto Ejecutivo No. 259, el Presidente de la República del Ecuador dispuso la reducción de la tarifa general de IVA del 15% al 8% por la prestación de todos los servicios definidos como actividades turísticas (de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Turismo) a nivel nacional durante el feriado por la Batalla de Pichincha (los días viernes 24, sábado 25 y domingo 26).
De conformidad con el artículo 5 de la Ley de Turismo, se consideran actividades turísticas las desarrolladas por personas naturales o jurídicas que se dediquen a la prestación remunerada de modo habitual a una o más de las siguientes actividades:
- Alojamiento;
- Alimentos, bebidas y entretenimiento;
- Agenciamiento turístico;
- Transporte turístico;
- Organizadores de eventos, congresos y convenciones, reuniones, incentivos, conferencias, ferias y exhibiciones;
- Centros de convenciones, salas de recepciones y salas de banquetes;
- Guianza turística;
- Centros de turismo comunitario;
- Parques temáticos y atracciones estables; y,
- Balnearios, termas y centros de recreación turística.