En agosto de 2023, la Junta de Política y Regulación Monetaria (JPRM) expidió la Resolución No. 2023-014-M, que contiene la Norma que regula la moneda, los medios y sistemas de pago en Ecuador y las actividades fintech de sus partícipes. Dicha Resolución estableció quiénes podrán actuar como partícipes de los Sistemas Auxiliares de Pago, previa autorización del Banco Central del Ecuador (BCE)
En este contexto, el 29 de septiembre de 2023, el BCE expidió la Norma para la Autorización, Vigilancia y Supervisión de los Partícipes de los Sistemas Auxiliares de Pago (Resolución No. BCE-GG-018-2023). En ella se establecen los requisitos para el registro y calificación de los servicios que prestan los partícipes de los sistemas auxiliares de pago. Específicamente, la Resolución establece:
- Los requisitos para ser autorizados como partícipes de los sistemas auxiliares de pago; y,
- Los requisitos para prestar servicios específicos:
- Remesas de dinero;
- Pasarela de pago y agregación de pago;
- Administración y operación de billeteras electrónicas;
- Recaudación de recursos públicos.
La Resolución también establece las obligaciones de dichos partícipes frente al BCE, a efectos de que este pueda ejercer sus facultades de supervisión y control.
En el siguiente enlace encontrará el texto íntegro de la Resolución No. BCE-GG-018-2023.