Dictamen favorable para el Decreto-Ley que crea el Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas

La Corte Constitucional del Ecuador emitió dictamen favorable (No. 5-23-UE/23) respecto del Decreto-Ley de Urgencia Económica de Creación del  Impuesto Redimible a las Botellas Plásticas no Retornables, que firmó el Presidente de la República el 18 de agosto de 2023, en ejercicio de sus facultades legislativas en el contexto de la declaratoria muerte cruzada.

El Decreto crea un impuesto cuyo hecho generador es el embotellamiento de bebidas en botellas plásticas PET no retornables, lo que abarca a bebidas alcohólicas, no alcohólicas, gaseosas, no gaseosas y agua. En el caso de las bebidas importadas bajo régimen de consumo, el hecho generador del impuesto será su desaduanización. Su base imponible es el número de botellas plásticas embotelladas o importadas, y su tarifa será de 0,02 USD por botella.

El valor del impuesto se devolverá en su totalidad únicamente a quien sea considerado reciclador transformador, conforme lo disponga la certificación emitida en conjunto entre el ente rector de la producción y el ente rector en materia ambiental. 

Se encuentra exento del pago de este impuesto el embotellamiento o importación bajo el régimen de consumo de productos lácteos y medicamentos en botellas de plástico PET no retornables. 

 

24.09.2023

BLOG & NOTICIAS

Lo más reciente.

09.06.2025

El COMEX establece nuevo valor de USD 20 por unidad para paquetes Courier en el Arancel del Ecuador

09.06.2025

El Ministerio del Trabajo reforma la norma para la certificación de sustitutos de personas con discapacidad

02.06.2025

La SPDP aclara los requisitos para el uso de datos biométricos en el control de asistencia laboral

01.06.2025

La SPDP aclara que las cooperativas de ahorro y crédito deben contar con un DPD