Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000007, de 10 de marzo de 2023, el Servicio de Rentas Internas (SRI) reformó las sanciones por falta de presentación, presentación tardía e inconsistencias en el reporte de información contenido en el Anexo de Cuentas Financieras de No Residentes (Anexo CRS). Las nuevas sanciones constan detalladas a continuación:
Sanciones por presentación tardía del Anexo CRS
Las sanciones por presentación tardía del Anexo CRS constan a continuación:
- Personas jurídicas, nacionales o extranjeras domiciliadas en el país, no sujetas al control de la Superintendencia de Bancos y de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria
Liquidación Voluntaria | Liquidación luego de un proceso persuasivo | Liquidación de multas luego de iniciado un sumario y antes de emitir una resolución sancionatoria | Multas por presentación tardía juzgada por la Administración Tributaria |
3 RBU | 4 RBU | 5 RBU | 6 RBU |
- Instituciones financieras sujetas al control de la Superintendencia de Bancos y de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria
Total de Activos | Liquidación Voluntaria | Liquidación luego de un proceso persuasivo | Liquidación de multas luego de iniciado un sumario y antes de emitir una resolución sancionatoria | Multas por presentación tardía juzgada por la Administración Tributaria |
$0-$50K | 100 RBU | 110 RBU | 140 RBU | 150 RBU |
De $50k – $100k | 100 RBU | 130 RBU | 190 RBU | 200 RBU |
De $100k en adelante | 100 RBU | 150 RBU | 240 RBU | 250 RBU |
Sanciones por falta de corrección a inconsistencias en el reporte de información
La falta de corrección a inconsistencias será sancionada con una multa de 1.500 dólares.