Desde el sábado 18 de junio de 2022 rige en Ecuador el estado excepción por grave conmoción interna en las provincias de Cotopaxi, Pichincha e Imbabura, dictado por el Presidente de la República mediante Decreto Ejecutivo No. 455. La declaratoria de estado de excepción tendrá una vigencia de treinta días e incluye las siguientes medidas extraordinarias:
- Suspender en las provincias indicadas el ejercicio del derecho a la libertad de asociación y reunión. La suspensión del derecho a la libertad de asociación y reunión de las personas consiste en limitar la conformación de aglomeraciones en espacios públicos durante las veinticuatro (24) horas del día con el objeto de impedir que se atente contra los derechos del resto de ciudadanos.
- Restringir la libertad de tránsito entre las 22h00 y las 05h00 en el Distrito Metropolitano de Quito. El decreto contempla varias excepciones a tal restricción (servicios de salud, servicios de seguridad, servicios de emergencia vial, abogados que acrediten la necesidad de acudir a una diligencia judicial, trabajadores de medios de comunicación social, entre otros; con el debido sustento documentado).
La declaratoria de estado de excepción está sujeta al correspondiente control de constitucionalidad por parte de la Corte Constitucional.