Ampliación del plazo de presentación de la declaración patrimonial de 2022

Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC22-00000019, de 6 de mayo de 2022, el Servicio de Rentas Internas (SRI) resolvió ampliar el plazo para la presentación de la Declaración Patrimonial de personas naturales y la presentación del Anexo de activos y pasivos de sociedades y establecimientos permanentes correspondientes al año 2022 hasta diciembre de 2022.

La declaración patrimonial y el anexo de activos y pasivos de sociedades se presentan anualmente hasta el mes de mayo. La ampliación del plazo para el ejercicio fiscal 2022 busca compatibilizar los plazos de presentación de esta declaración y anexo con los plazos para acogerse al nuevo Régimen Impositivo Voluntario, Único y Temporal para Regularización de Activos en el Exterior.

De acuerdo al artículo 28 de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia Covid-19, los sujetos pasivos que se acojan a tal régimen deberán cumplir con la obligación de presentar sus declaraciones patrimoniales y podrán presentar declaraciones patrimoniales sustitutivas de años anteriores incorporando los activos, bienes o rentas en el exterior, sin que el Servicio de Rentas Internas pueda imponer sanciones por la omisión de incluir dichos activos, bienes o rentas en la declaración patrimonial original. Por su parte, el artículo 18 del Reglamento a la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia Covid-19, establece que los contribuyentes que se acojan a tal régimen deberán presentar las declaraciones originales o sustitutivas de la declaración patrimonial hasta el 31 de diciembre de 2022, según corresponda; así como las declaraciones originales o sustitutivas del “Anexo de Activos y Pasivos de Sociedades”, en los casos que correspondan.

Tras la ampliación mencionada, los plazos para presentar la declaración patrimonial en el ejercicio fiscal 2022 serán los siguientes:

Noveno dígito del RUC o CI Fecha máxima de presentación
1 10 de diciembre
2 12 de diciembre
3 14 de diciembre
4 16 de diciembre
5 18 de diciembre
6 20 de diciembre
7 22 de diciembre
8 24 de diciembre
9 26 de diciembre
0 28 de diciembre

La Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial, sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Tributaria para la debida difusión y conocimiento por parte de los sujetos pasivos.

08.05.2022

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