Mediante Resolución Nro. NAC-DGERCGC21-00000002, de 6 de enero de 2021, el Servicio de Rentas Internas (SRI) aprobó el formulario 125 para la declaración y pago semestral del impuesto a la renta de los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas.
Adicionalmente, en vista de que la declaración del periodo julio a diciembre de 2020 debe realizarse en enero de 2021, la Resolución establece que, por única vez, los contribuyentes sujetos al régimen impositivo para microempresas cuyo noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) sea 1, 2 o 3 podrán presentar la declaración y efectuar el pago del impuesto a la renta correspondiente al primer y segundo semestre del ejercicio fiscal 2020, sin que se generen multas ni intereses, hasta las fechas señaladas a continuación:
- Noveno dígito 1: 19 de enero de 2021
- Noveno dígito 2: 20 de enero de 2021
- Noveno dígito 3: 21 de enero de 2021
Los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas que además hubieren sido calificados por el Servicio de Rentas Internas como contribuyentes especiales podrán -por única vez- presentar la declaración y efectuar el pago del impuesto a la renta correspondiente al primer y segundo semestre del ejercicio fiscal 2020, sin que se generen multas ni intereses, hasta el 19 de enero de 2021.
Finalmente, la Resolución recuerda que según lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda de la Resolución Nro. NAC-DGERCGC20-00000060, las declaraciones del impuesto a la renta de los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas, correspondientes al primer y al segundo semestre del ejercicio fiscal 2020, se presentarán en forma acumulada.