Mediante Acuerdo Ministerial No. MDT-2020-174, el Ministerio del Trabajo reforma el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2020-077 de 15 de marzo de 2020, que contiene las directrices para la aplicación de la reducción, modificación o suspensión emergente de la jornada laboral durante la declaratoria de emergencia sanitaria.
En lo principal, la reforma tiene por objeto mantener la posibilidad de reducción, modificación o suspensión de la jornada laboral con posterioridad a la culminación de la declaratoria de emergencia sanitaria. En este sentido, elimina a la finalización de la emergencia sanitaria como causal de terminación de la jornada laboral emergente. Así, establece como causales de terminación de la reducción, modificación o suspensión emergente de la jornada laboral:
- Por acuerdo de las partes;
- Por finalización de la vigencia de la medida; o,
- Por finalización de la fuerza mayor.