Mediante el Decreto Ejecutivo No. 424 de 18 de junio de 2026, el Presidente de la República dispuso el reconocimiento de la existencia de un conflicto armado interno en el Ecuador, con base en circunstancias fácticas que afectan la seguridad, el orden público y la soberanía estatal.
La decisión se sustenta en la Constitución y en el derecho internacional humanitario, particularmente en los criterios desarrollados para identificar conflictos armados no internacionales, como la intensidad de la violencia y el grado de organización de los actores involucrados.
El decreto establece que la situación de violencia prolongada y organizada configura un escenario que amenaza gravemente la seguridad del Estado, lo que justifica la adopción de medidas extraordinarias orientadas a restablecer la paz y el orden público.
Asimismo, el decreto recoge el criterio de la Corte Constitucional según el cual la existencia de un conflicto armado es una cuestión fáctica, que no depende de una declaración formal previa para que se apliquen las normas correspondientes.
Medidas y objetivos del Estado
La norma dispone que las acciones estatales estarán orientadas a:
- Neutralizar estructuras que amenacen la seguridad;
- Proteger la soberanía y la integridad territorial;
- Garantizar la seguridad ciudadana y la protección de la población.
Para ello, el decreto establece la actuación coordinada entre Fuerzas Armadas, Policía Nacional y eventualmente Estados cooperantes, lo que incorpora una dimensión de cooperación internacional en materia de seguridad.
Cooperación internacional e inmunidades
El decreto prevé la posibilidad de recibir apoyo internacional para enfrentar las amenazas, así como el reconocimiento de inmunidades para personal extranjero conforme a los acuerdos internacionales suscritos por el país.
Este elemento refuerza el enfoque de seguridad compartida en contextos de amenazas transnacionales.
Indultos y amnistías
Una disposición relevante es la facultad presidencial de otorgar indultos o conmutaciones de pena a militares, policías y civiles que participen en las acciones vinculadas al conflicto.