Autor: Martín Bonilla
Mediante comunicado del 9 de octubre de 2025, el Ministerio de Ambiente y Energía informó que, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica, se encuentra expresamente prohibido incluir el valor correspondiente a la tasa de recolección de basura en las facturas de consumo eléctrico. De acuerdo con el artículo 60 de la mencionada ley, cuando un gobierno autónomo descentralizado (GAD) requiera que una empresa eléctrica preste el servicio de recaudación de tasas por recolección de basura, este cobro deberá realizarse de forma separada de la factura del servicio eléctrico.
Esta disposición impactará a más de 40 cantones —entre ellos Quito, Ambato y Cuenca— que deberán implementar nuevos mecanismos para el cobro de la tasa de recolección de basura.
El Ministerio subrayó, además, la importancia de proteger los datos personales de los usuarios y recordó que las empresas eléctricas no podrán compartir información con los gobiernos municipales más allá de la estrictamente necesaria para la prestación del servicio eléctrico, garantizando así la confidencialidad y el manejo adecuado de los datos de los ciudadanos.