Mediante Acuerdo Ministerial No. MDT-2025-083, de 30 de julio de 2025, el Ministerio del Trabajo reformó el Acuerdo Ministerial No. MDT-2024-013, de 19 de enero de 2024, ampliando hasta el 31 de diciembre de 2025 el plazo para que los empleadores del sector privado con 50 o más trabajadores registren sus Planes de Igualdad ante el Ministerio del Trabajo, a través del Sistema Único de Trabajo (SUT).
Contenido principal de la reforma
- Nuevo plazo: La fecha límite para registrar los Planes de Igualdad se amplía hasta el 31 de diciembre de 2025.
- Control y sanción: Una vez concluido el plazo, el Ministerio del Trabajo iniciará los procesos de control y, de ser el caso, aplicará las sanciones correspondientes por incumplimiento.
- Excepción para registros físicos previos: Los empleadores que ya hayan registrado su plan de forma física y cuenten con el documento de registro emitido por el Ministerio no deberán repetir el proceso en el SUT, salvo que aplique lo previsto en el artículo 9 del Acuerdo Ministerial No. MDT-2024-013.
Derogatoria
- Se deroga el Acuerdo Ministerial No. MDT-2024-099, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 620, de 13 de agosto de 2024, que establecía como fecha límite para el registro el 31 de julio de 2025.
Vigencia
El Acuerdo Ministerial entró en vigor desde su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.