El 8 de enero de 2025, el Ministerio del Trabajo emitió el Acuerdo Ministerial MDT-2025-006, mediante el cual se expide el reglamento para operativizar el proceso de cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley Orgánica para la Igualdad Salarial entre Mujeres y Hombres. A continuación se resumen los puntos más relevantes del reglamento:
Principales disposiciones
1. Generalidades
El reglamento es de aplicación obligatoria tanto en el sector privado como en las instituciones, entidades y organismos del sector público, incluyendo gobiernos autónomos descentralizados y empresas públicas (art. 225 de la Constitución).
2. Obligaciones de empleadores públicos y privados
El reglamento establece diversas obligaciones para los empleadores:
- Capacitación (Art. 3): Los empleadores del sector privado y las máximas autoridades de instituciones públicas deberán implementar capacitaciones anuales de 40 horas como mínimo. Estas podrán ser virtuales, presenciales o mixtas, y estarán dirigidas a todos los trabajadores. El cumplimiento incluye la participación obligatoria de representantes legales, máximas autoridades o sus delegados. Las capacitaciones deben abordar:
- Derechos laborales de mujeres y hombres.
- Igualdad de género.
- Erradicación de violencia y no discriminación en el lugar de trabajo.
- Otros temas que fomenten el trabajo de igual valor.
- Sensibilización (Art. 4): Se deben realizar acciones que evidencien sensibilización sobre la igualdad de género y el valor del trabajo sin discriminación.
- Reporte anual (Art. 5): En enero de cada año, empleadores y entidades públicas deben reportar las acciones realizadas al Ministerio del Trabajo, mediante el sistema informático que este implementará. La información proporcionada será responsabilidad exclusiva de los empleadores.
- Sanciones (Art. 6): El incumplimiento de las obligaciones señaladas dará lugar a sanciones, conforme lo previsto en la normativa vigente.
3. Certificación de cumplimiento
El reglamento establece un procedimiento para obtener la certificación que acredita el cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley para la Igualdad Salarial:
- Requisitos (Art. 8): Los empleadores deberán presentar:
- Una solicitud que incluya razón social, RUC, provincia, cantón, una descripción de las acciones ejecutadas y la firma del representante legal.
- Documentación que demuestre el cumplimiento de las capacitaciones, sensibilización y reportes anuales.
- Cualquier otra información que respalde la implementación de políticas de igualdad de género.
- Procedimiento (Art. 9): La solicitud debe presentarse ante las Direcciones Regionales del Trabajo, que emitirán un informe técnico en un plazo máximo de 10 días. Si existen observaciones, se otorgará un término de 10 días para subsanar los requisitos. En caso de aprobación, se emitirá la certificación en un plazo máximo de 30 días. La lista de entidades certificadas será publicada en los medios oficiales del Ministerio del Trabajo como reconocimiento de su compromiso con la igualdad de género.
4. Denuncias por discriminación salarial en el sector privado
Los trabajadores del sector privado que consideren ser víctimas de discriminación salarial podrán presentar denuncias ante las Direcciones Regionales del Trabajo.
- Requisitos de la denuncia (Art. 14): La denuncia debe incluir:
- Datos personales del trabajador (nombre, cédula, correo electrónico).
- Narración detallada de los hechos.
- Fundamentos de derecho y medios de prueba.
- Recepción y trámite (Art. 15):
- La Dirección Regional del Trabajo revisará la denuncia y, si está incompleta, notificará al trabajador para que subsane los defectos en un plazo de tres días hábiles.
- Una vez admitida, se convocará al empleador y al trabajador a una audiencia de conciliación.
- Conciliación obligatoria (Art. 16):
- Durante la audiencia de conciliación, se buscará llegar a un acuerdo entre las partes. Si no se logra, la Dirección podrá recomendar el inicio de acciones legales o administrativas según corresponda.
- Las decisiones serán notificadas por escrito a las partes involucradas.
En el siguiente enlace encontrará el texto íntegro del Reglamento: Acuerdo Ministerial MDT-2025-006