Tablas del Impuesto a la Renta para 2025 en Ecuador

Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC24-00000041, el Servicio de Rentas Internas del Ecuador (SRI) estableció los rangos de las tablas para liquidar el Impuesto a la Renta de las personas naturales, sucesiones indivisas, incrementos patrimoniales provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos, aplicables a partir del 1 de enero de 2025.

Personas naturales y sucesiones indivisas

Para liquidar el Impuesto a la Renta en el caso de las personas naturales y de las sucesiones indivisas, se aplicará a la base imponible las siguientes tarifas:

Fracción básica (USD)Exceso hasta (USD)Impuesto fracción básica (USD)Impuesto fracción excedente (%)
012.0810%
12.08115.3875%
15.38719.97816510%
19.97826.42262412%
26.42234.7701.39815%
34.77046.0892.65020%
46.08961.3594.91425%
61.35981.8178.73130%
81.817108.81014.86935%
108.810En adelante24.31637%

Impuesto a la renta para herencias, legados y donaciones

Los beneficiarios de ingresos provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos, pagarán el impuesto, aplicando a la base imponible las tarifas contenidas en la siguiente tabla:

Fracción básica (USD)Exceso hasta (USD)Impuesto fracción básica (USD)Impuesto fracción excedente (%)
077.7080%
77.708155.4165%
155.416310.8333.885,3910%
310.833466.28119.427,0815%
466.281621.71842.744,3320%
621.718777.13473.831,8325%
777.134932.529112.685,7630%
932.529En adelante159.304,2835%

23.12.2024

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