Mediante Acuerdo Ministerial No. MPCEI-MPCEI-2026-0035-A de 31 de mayo de 2026, el Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones actualizó el listado de subpartidas arancelarias beneficiarias de la tarifa diferenciada del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) para el ejercicio fiscal 2026, en cumplimiento del Decreto Ejecutivo No. 272.
El ISD es un impuesto que grava las transferencias monetarias al exterior, pero, en el marco de la política económica, se ha introducido un esquema de tarifas diferenciadas orientado a reducir la carga tributaria sobre determinados sectores productivos, con el fin de incentivar la inversión y la producción.
La normativa establece dos niveles de tarifa: una del 0% aplicable principalmente al sector farmacéutico, y otra del 2,5% para subpartidas vinculadas a otros sectores productivos. El elemento clave del sistema es el listado de subpartidas arancelarias, cuya determinación corresponde al Ministerio de Producción, Comercio Exterior e Inversiones, con base en criterios técnicos.
El acuerdo sustituye completamente el listado anterior de 1.067 subpartidas por uno actualizado de 1.120, incorporando 70 nuevas subpartidas y eliminando 17. La actualización responde a solicitudes de inclusión, exclusión o revisión formuladas por distintos sectores económicos, y se apoya en información remitida por el Servicio de Rentas Internas (SRI), el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) y el Ministerio de Economía y Finanzas, lo que permite ajustar el beneficio a la realidad económica y mantenerlo dentro del techo fiscal establecido.
La norma introduce reglas para casos de cambios en la nomenclatura arancelaria: las subpartidas derivadas de desdoblamientos o actualizaciones mantendrán la tarifa diferenciada asignada a la subpartida original, siempre que conserven la misma naturaleza del bien, uso productivo y correspondencia sectorial que justificó su inclusión. Esta regla no implica la extensión automática del beneficio a mercancías distintas, productos terminados o bienes que no guarden relación con los criterios técnicos aplicables.
El listado entró en vigor a partir de su suscripción el 31 de mayo de 2026, independientemente de su publicación en el Registro Oficial.