El Procurador General del Estado (Ecuador) emitió un pronunciamiento acerca de la transacción intraprocesal en materia tributaria, en atención a una consulta formulada por el Servicio de Rentas Internas (SRI). La consulta del SRI versó sobre si en la transacción intraprocesal es posible transigir respecto de todos los elementos a los que se refiere el artículo 56.2 del Código Tributario, esto es, la obligación tributaria, sus intereses, recargos, multas, plazos y facilidades de pago.
El Procurador General del Estado concluyó que la transacción intraprocesal sí puede versar sobre todos los aspectos a los que se refiere el artículo 56.2 del Código Tributario.
En el siguiente enlace podrá encontrar el texto íntegro de la absolución de consulta.