En sesión de 27 de mayo de 2020, el COE Nacional aprobó las disposiciones relativas a la semaforización que regirán en el país desde el 1 de junio de 2020. Las disposiciones establecen que entre el 1 y el 30 de junio se mantendrá la fase de distanciamiento social, sobre la base de los siguientes lineamientos:
Normas aplicables a nivel nacional independientemente del color del semáforo
- Se mantiene aislamiento obligatorio mayores de 60 años y personas cuya condición médica los ponga en situación de vulnerabilidad frente al COVID19.
- Se mantiene el uso obligatorio de mascarillas / cubre bocas.
- Se mantiene prohibición de eventos públicos, eventos masivos y deportivos al aire libre.
- Se mantiene la suspensión de clases presenciales en todo el territorio.
- Se mantienen cerradas las fronteras terrestres.
- Se autoriza transporte interprovincial de encomiendas.
- Todos los establecimientos e industrias deben preparar protocolos de salud y prevención ante COVID – 19.
Normas aplicables en semáforo rojo
- Horario de toque de queda de 18h00 a 05h00.
- Vehículos particulares circulan 2 días a la semana de lunes a viernes, (se incluye a motos); no circulan los sábados y domingos.
- Lunes vehículos, con placas terminadas en: 1, 2, 3 y 7
- Martes vehículos con placas terminadas en: 3, 4, 5 y 8
- Miércoles vehículos con placas terminadas en: 4, 5, 6 y 9
- Jueves vehículos con placas terminadas en: 6, 7, 8 y 0
- Viernes vehículos con placas terminadas en: 1, 2, 9 y 0
- Sábados y Domingos, no circulan vehículos particulares.
- Taxis convencionales y ejecutivos, así como el transporte de carga liviana y mixta, podrán circular todos los días, conforme el último número de placa, par e impar.
- Transporte institucional circula todos los días sin restricción de placa.
- Transporte urbano, podrá circular conforme las restricciones establecidas por el GAD Municipal, cumpliendo el aforo y normas de bioseguridad.
- Se autoriza la consulta externa de todas las especialidades médicas.
- Transporte interprovincial no puede circular.
- Se garantiza la circulación de abogados (solicitud FENADE y órganos de Justicia).
- Se deberá maximizar la aplicación del teletrabajo, para las jornadas laborales.
Normas aplicables en semáforo amarillo
- Horario de toque de queda de 21h00 a 05h00.
- Vehículos particulares circulan de lunes a sábado, pares e impares, conforme a su último dígito de la placa (se incluye a motos).
- Lunes, miércoles, viernes circulan vehículos con placas impares.
- Martes, jueves, sábado, vehículos con placas pares.
- Domingos, no circulan vehículos particulares.
- Taxis convencionales y ejecutivos, así como el transporte de carga liviana y mixta, podrán circular todos los días, conforme el último número de placa, par e impar.
- Transporte institucional circula todos los días sin restricción de placa.
- Transporte urbano al 50% de su aforo.
- Transporte intraprovincial autorizado, entre cantones con el mismo color.
- Transporte interprovincial únicamente, entre cantones de provincias colindantes con el mismo color.
- Restaurantes se permite la atención al público, con el 30% del aforo permitido.
- Se deberá priorizar la aplicación del teletrabajo, para las jornadas laborales.
- Las empresas están obligadas a expedir un protocolo de bioseguridad, considerando los lineamientos establecidos en la “GUIA Y PLAN GENERAL PARA EL RETORNO PROGRESIVO A LAS ACTIVIDADES LABORALES”, no se requerirá su aprobación por parte del COE (nacional, provincial, cantonal).
- Únicamente para Quito, se mantiene el mismo horario y jornada vigente en el color rojo, hasta el 15 de junio de 2020, para la jornada presencial del sector público no esencial.
Normas aplicables en semáforo verde
- Horario de toque de queda de 24h00 a 05h00.
- El 70% de los vehículos particulares circulan de lunes a domingo.
- Lunes, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 2, 8 y 0
- Martes, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 5, 7 y 9
- Miércoles, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 4 y 0
- Jueves, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 1, 3 y 9
- Viernes, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 2, 6 y 8
- Sábados, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 1, 3 y 5
- Domingo, no circulan los vehículos con placas terminadas en: 2, 4 y 7
- Taxis convencionales y ejecutivos, así como el transporte de carga liviana y mixta, podrán circular todos los días.
- Transporte Institucional circula todos los días sin restricción de placa.
- Transporte urbano al 50% de su aforo.
- Transporte intraprovincial autorizado, entre cantones con el mismo color.
- Transporte interprovincial únicamente, entre cantones de provincias colindantes con el mismo color; no puede circular a escala nacional.
- Restaurantes se permite la atención al público, con el 50% del aforo permitido.
- Se deberá priorizar la aplicación del teletrabajo, para las jornadas laborales.
En el siguiente enlace encontrará el texto íntegro de la Resolución: Resolución COE 27-may-2020