El viernes 22 de mayo de 2020 entró en vigencia el Decreto Ejecutivo No. 1030, tras su publicación en el Registro Oficial No. 208 (Suplemento No. 1).
El referido decreto establece que podrán acogerse a la disposiciones contenidas en el artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 1021 (diferimiento de pago del impuesto a la renta del ejercicio fiscal 2019 (que debía pagarse en abril de 2020) y del IVA de los meses de marzo, abril y mayo de 2020 (que debía pagarse en abril, mayo y junio, respectivamente), las pequeñas y medianas empresas de cualquier actividad económica.