Mediante Resolución No. 0013-2020-DG-SENADI, de 20 de mayo del 2020, el Servicio Nacional de Derechos Intelectuales (SENADI) resolvió levantar la suspensión de términos y plazos, única y exclusivamente en lo que respecta a la presentación de oposiciones en contra de solicitudes de registro publicadas en las Gacetas de Propiedad Intelectual. La suspensión de términos y plazos se mantiene para todos los demás trámites ante la institución.
El cómputo de dichos términos será reanudado a partir del día 26 de mayo del 2020. Para aquellas gacetas cuyos términos y plazos venían transcurriendo previamente a la suspensión, el vencimiento se calculará de acuerdo a los días que restaban para su vencimiento. Para aquellas gacetas que fueron publicadas durante la suspensión, el cálculo se realizará íntegramente desde la fecha antes indicada, tal como se verifica en el cuadro a continuación:
Gaceta | Fecha de publicación | Días pendientes desde la suspensión de términos (16 de marzo de 2020) | ||
Patentes (60 días) | Diseños industriales (30 días) | Signos distintivos (30 días) | ||
660 | 27 de diciembre de 2019 | 10 días | Vencida | Vencida |
662 | 31 de enero de 2020 | 32 días | 2 días | 2 días |
663 (quincenal) | 14 de febrero de 2020 | N/A | N/A | 12 días |
664 | 28 de febrero de 2020 | 50 días | 20 días | 20 días |
665 | 13 de marzo de 2020 | N/A | N/A | 30 días |
666 | 22 de abril de 2020 | 60 días | 30 días | 30 días |
667 (quincenal) | 15 de mayo de 2020 | 60 días | 30 días | 30 días |
Las oposiciones presentadas durante la suspensión del cómputo de plazos y términos serán consideradas presentadas dentro del término correspondiente. De igual forma, los pagos que se realizaron por concepto de presentación de oposiciones dentro del tiempo en que se mantuvo dicha suspensión, serán validados por la Unidad de Gestión Financiera y se considerarán realizados dentro del término correspondiente.
El mecanismo para presentación de oposiciones será mediante el formulario y el pago de la tasa respectiva a traves de la plataforma “Solicitudes en Línea” de la página web del SENADI. La documentación que acompaña al escrito de fundamentación de la oposición deberá enviarse al correo electrónico oposiciones@senadi.gob.ec. Una vez que se habilite el mecanismo para recepción de documentos físicos, todos los documentos enviados por correo electrónico deberán deberán ser presentados de manera física.
Los comprobantes de ingreso por concepto de presentación de oposiciones, se deberán realizar única y exclusivamente a través de las ventanillas del Banco del Pacífico a nivel nacional.
Las notificaciones de providencias y actos administrativos emitidos por el SENADI se realizarán únicamente mediante correo electrónico o al casillero virtual SENADI, fijados para el efecto. Si no se ha fijado un medio electrónico de notificación, podrá ser fijado mediante un escrito debidamente firmado y enviado al correo electrónico señalamientodecasilleros@senadi.gob.ec; tomando en consideración que se debe fijar un medio electrónico para cada uno de los procedimientos administrativos.