De conformidad con lo dispuesto en la Resolución No. 045-2020, emitida por el Consejo de la Judicatura, la Corte Nacional de Justicia y las Cortes Provinciales restablecerán parcialmente sus actividades jurisdiccionales a partir del 11 de mayo de 2020. Sus funcionarios trabajarán en el despacho de causas en trámite sin atención al público. Sin embargo, se receptarán escritos a través de los siguientes medios:
- De forma electrónica en las ventanillas digitales implementadas por el Consejo de la Judicatura; y,
- De forma física, a través de las ventanillas que se han adecuado para el efecto, a través de un mecanismo de turnos (salvo para escritos en procesos de garantías jurisdiccionales, que se receptarán sin limitaciones).
Adicionalmente, el 8 de mayo de 2020, el Pleno de la Corte Nacional de Justicia aprobó la Resolución No. 05-2020, mediante la cual se deja sin efecto la suspensión de términos o plazos por la emergencia sanitaria a partir del 11 de mayo de 2020, exclusivamente para la Corte Nacional de Justicia y Cortes Provinciales.