El lunes 13 de agosto de 2018, el Presidente de la República expidió el Decreto Ejecutivo No. 476 que contiene el Reglamento para la Aplicación de la Ley Orgánica para la Reactivación de la Economía, Fortalecimiento de la Dolarización y Modernización de la Gestión Financiera. El reglamento introduce una serie de reformas al Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, al Reglamento para la Aplicación del Impuesto a la Salida de Divisas y al Reglamento para la Aplicación del Impuesto a los Activos en el Exterior.
En lo principal, el Reglamento contiene lo siguiente:
- Establece los requisitos y condiciones que debe reunirse a efectos de incluir o excluir jurisdicciones o regímenes en el listado de paraísos fiscales;
- Determina las definiciones de los términos ‘actividad empresarial’, ‘exportador habitual’, ‘debida diligencia tributaria’ y ‘residencia fiscal de sociedades’, para efectos tributarios;
- Aclara los casos en los que son deducibles los pagos por jubilación y desahucio;
- Determina las condiciones para la aplicación de la exoneración del pago de Impuesto a la Renta para nuevas microempresas;
- Fija las condiciones para que una persona natural se vea obligada a llevar contabilidad desde el año 2019;
- Establece la definición y características del término ‘incremento patrimonial no justificado’;
- Introduce obligaciones para las sociedades emisoras de tarjetas de crédito con respecto a los pagos realizados al exterior.
- Modifica la forma de cálculo de la base imponible del Impuesto a los Consumos Especiales.
En el siguiente enlace podrá encontrar el texto completo del Reglamento: Decreto 476