El martes 30 de enero de 2018 se publicó en el Registro Oficial el Instructivo sobre sociedades de interés público, expedido por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros mediante Resolución No. SCVS-DSC-2018-0001. La Resolución contenía un listado que consideraba de interés público a aquellas empresas cuyo giro ordinario de negocio se adecue a lo descrito en los doce numerales contenidos en la resolución.
Mediante Resolución SCVS-DSC-2018-0008, la Superintendencia de Compañías eliminó dos numerales del listado:
h) Las dedicadas a las actividades de agencias de viaje y de operadores turísticos.
j) Las que se dediquen a la venta de productos nuevos y usados (excepto por el literal h) cuyos ingresos anuales por ventas sean iguales o superiores a US$,5,000,000.
Consecuentemente, ahora las compañías que se dedican a actividades de agencias de viajes, operadores de turismo y venta de productos ya no estarán obligadas a informar a la Superintendencia de Compañías si tienen o no la calidad de sociedades de interés público.