Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000623, el Servicio de Rentas Internas establece los rangos de las tablas para liquidar el impuesto a la renta de las personas naturales, sucesiones indivisas, incrementos patrimoniales provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos para el 2018. Los rangos se calculan sobre la base de la variación anual del índice de Precios al Consumidor de Área Urbana, dictada por el INEC en noviembre de 2017.
Personas naturales y sucesiones indivisas
Los rangos de la tabla prevista en el literal a) del artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno para la liquidación del impuesto a la renta para los ingresos percibidos por las personas naturales y sucesiones indivisas correspondientes al ejercicio económico 2018, son los siguientes:
Fracción Básica |
Exceso hasta | Impuesto Fracción | % Impuesto Fracción |
0 |
11.270 | 0 |
0% |
11.270 | 14.360 | 0 |
5% |
14.360 |
17.950 | 155 | 10% |
17.950 |
21.550 |
514 | 12% |
21.550 | 43.100 | 946 |
15% |
43.100 |
64.630 |
4.178 |
20% |
64.630 | 86.180 | 8.484 |
25% |
86.180 | 114.890 | 13.872 |
30% |
114.890 | En adelante | 22.485 |
35% |
Herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos
Los rangos de la tabla prevista en el literal d) del artículo 36 de la Ley de Régimen Tributario Interno para la liquidación del impuesto a la renta por incrementos patrimoniales provenientes de herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos, correspondientes al ejercicio económico 2018, son los siguientes:
Fracción Básica |
Exceso hasta | Impuesto Fracción | % Impuesto |
0 | 71.810 | 0 |
0% |
71.810 | 143.620 | 0 |
5% |
143.620 | 287.240 | 3.591 |
10% |
287.240 |
430.890 | 17.953 | 15% |
430.890 |
574.530 | 39.500 | 20% |
574.530 | 718.150 | 68.228 |
25% |
718.150 | 861.760 | 104.133 |
30% |
861.760 | En adelante | 147.216 |
35% |