En noviembre de 2017, mediante Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000566, el Servicio de Rentas Internas estableció la obligatoriedad de las personas naturales y sociedades residentes en el Ecuador, de reportar la información respecto a los activos monetarios que mantengan en instituciones financieras del exterior, respecto de los cuales sean titulares, de forma individual o colectiva, de manera directa o indirecta.
Originalmente, la información debía ser presentada conforme al siguiente calendario:
Período Fecha | Máxima de presentación |
Año 2014 | Hasta el 29 de Diciembre de 2017 |
Años 2015 y 2016 | Hasta el 31 de Enero de 2018 |
Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000609, el Servicio de Rentas Internas (SRI), modificó la fecha para la presentación de la información respecto a los activos monetarios que los sujetos pasivos obligados mantengan en entidades financieras del exterior. Tras la reforma, se deberá presentar la información referida conforme el siguiente calendario:
Período | Fecha máxima de presentación |
Año 2014 | Hasta el 28 de febrero de 2018 |
Año 2015 | Hasta el 30 de marzo de 2018 |
Año 2016 | Hasta el 30 de abril de 2018 |
La información respecto de los activos monetarios que se mantienen en instituciones financieras del exterior correspondiente al período fiscal 2017, deberá ser presentada por los sujetos pasivos obligados hasta el 31 de mayo de 2018.