El Servicio de Rentas Internas incluyó a Hong Kong en la lista de paraísos fiscales que fue establecida mediante Resolución No. NAC-DGERCGC15-00000052.
Además, determina que se considerarán regímenes fiscales preferentes y tendrán tratamiento de paraíso fiscal, los siguientes:
- Con respecto a Países Bajos:
- Régimen fiscal aplicable a las sociedades de inversión, exentas o calificadas para una tarifa nula de impuesto a la renta.
- Regímenes objeto de decisiones fiscales anticipadas o «tax rulings».
- Regímenes de «cajón de innovación» o «innovation box».
- Con respecto al Reino Unido:
- Regímenes que permitan a las sociedades mantener derechos representativos de capital con titulares nominales o formales que no soportan el riesgo económico de la propiedad y de los que no se conozca quiénes son sus beneficiarios efectivos.
- Regímenes de «cajón de innovación » o «innovation box».
- Con respecto a Nueva Zelanda
- Regímenes fiscales aplicables a fideicomisos o «Trusts».
- Con respecto a Costa Rica
- Regímenes de sociedades privadas, creadas bajo sus leyes pero no inscritas ante la Administración Tributaria costarricense.
En el siguiente enlace se encuentra la Resolución que contiene el listado completo de paraísos fiscales (Resolución Paraísos Fiscales).