El SRI establece la obligatoriedad de emisión de comprobantes de retención a través de mensajes de datos a varios sujetos pasivos

Tras su publicación en el Registro Oficial, el 6 de junio de 2017, entró en vigencia la Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000309 del Servicio de Rentas Internas, que establece la obligatoriedad de emisión de comprobantes de retención y documentos complementarios a través de mensajes de datos, a los siguientes sujetos pasivos:

  • Sociedades emisoras y administradoras de tarjetas de crédito
  • Instituciones financieras bajo el control de la Superintendencia de Bancos, excepto mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda
  • Contribuyentes especiales
  • Exportadores
  • Contribuyentes que posean autorización de impresión de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios, a través de sistemas computarizados (autoimpresores)
  • Contribuyentes que realicen ventas a través de internet

 

A fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en la Resolución, los sujetos pasivos mencionados deberán emitir notas de crédito, notas de débito, guías de remisión y comprobantes de retención únicamente a través de mensajes de datos y firmados electrónicamente, siguiendo el siguiente calendario:

Notas de crédito y comprobantes de retención

Notas de débito y guías de remisión

A partir del 1 de octubre de 2017 A partir del 1 de enero de 2018

 

12.06.2017

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