El Consejo Nacional de Aviación Civil (CNAC) reforma el Reglamento de Permisos de Operación para vuelos chárter

El Consejo Nacional de Aviación Civil (CNAC) emitió la Resolución No. 001/2026, publicada en el Registro Oficial Nº 239 del 9 de marzo de 2026, mediante la cual introduce dos cambios importantes en la normativa aeronáutica ecuatoriana.

Respecto a la primera reforma, el CNAC incorpora un artículo innumerado al Reglamento de Permisos de Operación para la Prestación de los Servicios de Transporte Aéreo Comercial, que establece que las aerolíneas nacionales o extranjeras titulares de un permiso de operación no regular en la modalidad de chárter deberán cancelar las tasas de servicio aeroportuario dentro de los diez (10) primeros días de cada mes, correspondientes a los vuelos efectuados el mes anterior. El incumplimiento en el pago generará intereses conforme al Código Tributario, sin perjuicio de la acción coactiva.

En cuanto a la segunda reforma, el CNAC elimina la palabra previamente del Artículo 14 de la Resolución CNAC No. 066/2010, flexibilizando así el momento en que el solicitante debe cancelar los derechos por trámites de certificados y permisos de operación ante la Dirección General de Aviación Civil (DGAC).


Suscríbete a nuestro boletín semanal para recibir noticias de actualidad legal:
Conectemos en:

16.03.2026

BLOG & NOTICIAS

Lo más reciente.

12.04.2026

El SENAE actualiza la tasa por servicio aduanero de control a mercancías que ingresen desde Colombia

12.04.2026

RECORDATORIO: Declaración del Impuesto a la Renta 2025

12.04.2026

RECORDATORIO: Pago del ISD 2025 por uso de tarjetas de crédito o débito

12.04.2026

RECORDATORIO: Pago de utilidades a los trabajadores 2025