En Ecuador, mediante el Decreto Ejecutivo 516, el presidente Daniel Noboa decretó la tarifa 0% del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en los alimentos para mascotas. La medida implica la reforma del artículo 192 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, incluyendo en la tarifa 0% del IVA a todo tipo de alimento balanceado nutricional para mascotas, ya sea seco o húmedo, de producción nacional o importado.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) y el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador deberán implementar la disposición a partir del 1 de febrero de 2025, estableciendo mecanismos de control y seguimiento para su correcta aplicación. Asimismo, con el apoyo de la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario, identificarán los productos que no se incluyen en la exoneración para aplicarles la tarifa correspondiente.