En sesión de 22 de enero de 2025, el Pleno de la Corte Nacional de Justicia estableció un precedente jurisprudencial obligatorio respecto al cálculo de la indemnización por despido intempestivo. De acuerdo con la nueva regla, el monto de la indemnización deberá calcularse tomando como base “la última remuneración percibida, siempre que esta sea más favorable para el trabajador”. En consecuencia, la remuneración que se considerará puede corresponder a la paga completa del mes previo a la terminación de la relación laboral o a la recibida en el mes en que ocurrió el despido, incluso si esta última no corresponde a un mes completo.
Este precedente tiene efectos generales y obligatorios, incluyendo para la Corte Nacional de Justicia.