Recordamos que las compañías bajo supervisión de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) que se encuentren sujetas a auditoría externa deberán cumplir con la obligación de contratar auditores externos hasta el 30 de septiembre de 2024 (es decir, suscribir el contrato de auditoría externa). Una vez suscrito dicho contrato, las compañías deben reportarlo en un plazo de hasta 30 días.
Según la normativa vigente, estas son las compañías obligadas a cumplir con la contratación de auditores externos:
- Compañías nacionales de economía mixta y anónimas con participación de entidades públicas o privadas con fines sociales, cuyos activos superen los US$ 100,000.
- Sucursales de compañías extranjeras (organizadas como personas jurídicas en Ecuador, así como asociaciones formadas entre ellas o con compañías nacionales) siempre que los activos excedan los US$ 100,000.
- Compañías nacionales anónimas, en comandita por acciones y de responsabilidad limitada que posean activos superiores a US$ 500,000.
- Compañías bajo control de la Superintendencia que se encuentren obligadas a presentar balances consolidados.
- Sociedades de interés público, definidas por la normativa pertinente, con activos superiores a US$ 500,000.
Se tomará en cuenta el total de activos que figure en el estado de situación financiera presentado a la Superintendencia de Compañías en el ejercicio económico anterior.