Según el artículo 20 de la Ley de Compañías, hasta el 30 de abril de 2023 las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) deben remitir cierta información por medio del portal web institucional.
Las compañías constituidas en el Ecuador deberán presentar:
- Copias autorizadas del juego completo de los estados financieros, preparados con base en la normativa contable y financiera vigente, así como de las memorias e informes de los administradores establecidos por la Ley y de los organismos de fiscalización, de haberse acordado su creación.
- La nómina de los administradores, representantes legales y socios o accionistas, incluyendo tanto los propietarios legales como los beneficiarios efectivos, atendiendo a estándares internacionales de transparencia en materia tributaria y de lucha contra actividades ilícitas.
- Los demás datos que se contemplaren en el reglamento expedido por la SCVS.
Recordamos que mediante Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2023-0008, la SCVS eliminó la disposición que establecía que con la presentación anual del Formulario 101 ante el Servicio de Rentas Internas se consideraba presentado el Estado de situación financiera y el Estado de resultado integral.
Las compañías extranjeras que operen en el país y estén sujetas a la vigilancia de la SCVS deberán presentar:
- Copias autorizadas del juego completo de los estados financieros de su sucursal o establecimiento en el Ecuador.
- La nómina de los apoderados o representantes.
- Copia autorizada del anexo sobre el Movimiento Financiero de Bienes y Servicios, del respectivo ejercicio económico; y,
- Los demás datos que solicite la SCVS.