En el mes de abril de 2023 deberán cumplirse las siguientes obligaciones:
Declaración de Impuesto a la Renta para sociedades
A través del Formulario 101, las sociedades deberán declarar el Impuesto a la Renta en el mes de abril de acuerdo con el noveno dígito del RUC.
Pago de participación de trabajadores en utilidades
Hasta el 31 de marzo del año en curso, los empleadores debieron calcular el valor a ser repartido por concepto de utilidades a cada uno de sus trabajadores, tomando en cuenta sus cargas familiares. Estas deberán ser pagadas hasta el 15 de abril (dentro del plazo de quince días contados a partir de la fecha de liquidación de utilidades).
Presentación de información financiera anual a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS)
Según el artículo 20 de la Ley de Compañías, hasta el 30 de abril de cada año (dentro del primer cuatrimestre), las compañías sujetas al control y vigilancia de la SCVS deben remitir cierta información por medio del portal web institucional.
Las compañías constituidas en el Ecuador, sujetas a la vigilancia y control de la SCVS, enviarán a ésta, en el primer cuatrimestre de cada año:
- Copias autorizadas del juego completo de los estados financieros, preparados con base en la normativa contable y financiera vigente, así como de las memorias e informes de los administradores establecidos por la Ley y de los organismos de fiscalización, de haberse acordado su creación.
- La nómina de los administradores, representantes legales y socios o accionistas, incluyendo tanto los propietarios legales como los beneficiarios efectivos, atendiendo a estándares internacionales de transparencia en materia tributaria y de lucha contra actividades ilícitas.
- Los demás datos que se contemplaren en el reglamento expedido por la SCVS.
Recordamos que mediante Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2023-0008, la SCVS eliminó la disposición que establecía que con la presentación anual del Formulario 101 ante el Servicio de Rentas Internas se consideraba presentado el Estado de situación financiera y el Estado de resultado integral.
Las compañías extranjeras que operen en el país y estén sujetas a la vigilancia de la SCVS deberán enviar a ésta, en el primer cuatrimestre de cada año:
- Copias autorizadas del juego completo de los estados financieros de su sucursal o establecimiento en el Ecuador.
- La nómina de los apoderados o representantes.
- Copia autorizada del anexo sobre el Movimiento Financiero de Bienes y Servicios, del respectivo ejercicio económico; y,
- Los demás datos que solicite la SCVS.