En el tercer suplemento del Registro Oficial No. 347, de 10 de diciembre de 2020, se publicó la Ley de Modernización a la Ley de Compañías. La Ley introduce modificaciones sustanciales a la Ley de Compañías, que se fundamentan en la necesidad de que «las sociedades desarrollen sus actividades con reglas claras y modernas» y de adaptarse a «la evolución y desarrollo del derecho societario».
Entre las modificaciones principales se encuentra la posibilidad de que las sociedades anónimas subsistan con un único accionista. Se permite que los estados financieros que ya sean presentados ante las autoridades tributarias no sean presentados ante la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS). Introduce la posibilidad de que las juntas universales de socios o accionistas se desarrollen a través de medios telemáticos. También contempla mecanismos para fortalecer la protección de los derechos de los accionistas minoritarios. Además, establece procedimientos abreviados de disolución, liquidación y cancelación de compañías en ciertos supuestos.
En el siguiente enlace encontrará el texto íntegro de la Ley: Ley de Modernización a la Ley de Compañías