La Corte Constitucional declara la inconstitucionalidad de la recaudación anticipada de impuesto a la renta

Mediante Decreto Ejecutivo No. 1109, de 27 de julio de 2020, el Presidente de la República resolvió disponer la recaudación anticipada del impuesto a la renta con cargo al ejercicio fiscal 2020, para ciertos contribuyentes. Al ser una medida dispuesta en el marco del estado de excepción que rige en el país, esta se encontraba sujeta al control de constitucionalidad por parte de la Corte Constitucional.

Mediante decisión de 10 de agosto de 2020, la Corte Constitucional del Ecuador resolvió emitir dictamen desfavorable de esta medida y, en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad del referido decreto y dejarlo insubsistente. En el siguiente enlace encontrará el texto íntegro de la decisión constitucional: Dictamen No. 3-20-EE/20A

10.08.2020

BLOG & NOTICIAS

Lo más reciente.

07.12.2025

Ministerio del Trabajo amplía plazos para el registro de planes de igualdad y para el reporte de acciones bajo la Ley de Igualdad Salarial

01.12.2025

La SPDP fija criterio sobre requisitos académicos del delegado de protección de datos

24.11.2025

El Ministerio del Trabajo introduce nuevos criterios para el registro del protocolo de prevención de acoso laboral

24.11.2025

Resolución del SRI introduce requisitos y reglas de exoneración del impuesto a la propiedad de vehículos eléctricos en Ecuador