Mediante Resolución 205-2019, el Pleno del Consejo de la Judicatura resolvió aprobar el calendario de vacaciones para los servidores de las dependencias judiciales a nivel nacional, con la finalidad de contar con un calendario de vacaciones fijo para la función judicial, que permita un adecuado nivel de atención en el sistema de justicia. El calendario estará vigente a partir del 2020 y establece las siguientes fechas de vacaciones judiciales:
Regiones |
Fechas |
Litoral e Insular | Del 17 al 31 de marzo de cada año |
Sierra y Oriente | Del 01 al 15 de agosto de cada año |
Todo el país | Del 23 de diciembre al 06 de enero de cada año |
El calendario no será aplicable para los servidores judiciales de las dependencias judiciales con competencia en materia penal, familia, mujer, niñez y adolescencia, violencia contra la mujer y miembros de núcleo familiar, tránsito, adolescentes infractores y garantías penitenciarias; materias en las que no aplicará la vacancia.