Mediante Acuerdo Ministerial No. MDT-2019-258, el Ministerio del Trabajo resolvió conceder una prórroga de treinta días a partir de su entrada en vigencia, esto es, el 14 de octubre de 2019, para que:
- Los empleadores que hubiesen realizado nuevas contrataciones a partir del mes de agosto registren la información de los trabajadores en el Sistema Único de Trabajo (SUT); y,
- Los empleadores que hubiesen terminado una relación laboral a partir del mes de agosto elaboren y registren las actas de finiquito y sus constancias de pago en el Sistema Único de Trabajo (SUT).