RECORDATORIO: Desde el 1 de septiembre los servicios culturales están gravados con tarifa 0% del IVA

Recordamos que mediante Decreto Presidencial No. 829, el Presidente de la República dispuso que los servicios artísticos y culturales estarán gravados con tarifa cero por ciento (0%) de IVA, a partir del 1 de septiembre de 2019. Mediante circular No. NAC-DGECCGC19-00000004, de 13 de septiembre de 2019, el Servicio de Rentas Internas especificó cuáles serán los servicios gravados con esta tarifa:

  1. Servicios de preproducción, producción y montaje museográfico (como curaduría y proyectos curatoriales);
  2. Servicios de composición musical o de escultura;
  3. Servicios de organización, producción y presentación de espectáculos artísticos y culturales;
  4. Servicios de preproducción, producción y postproducción audiovisual (incluidos los de animación creación de imágenes, titulada, subtitulada, doblaje, efectos visuales);
  5. Servicios de composición, edición, preproducción, producción y postproducción en el ámbito musical, fonográfico y sonoro;
  6. Servicios de grabación de actividades artísticas y culturales en vivo;
  7. Servicios bibliotecarios o bibliotecólogos;
  8. Servicios de publicación, edición, traducción, impresión y comercialización de libros (se incluyen los servicios relacionados con textos digitales);
  9. Servicios especializados de fotografía; y,
  10. Servicios de investigación relacionados a la cultura, las artes, el patrimonio y la memoria social.

En el siguiente enlace podrá encontrar el texto íntegro de la circular: NAC-DGECCGC19-00000004

 

23.09.2019

BLOG & NOTICIAS

Lo más reciente.

07.12.2025

Ministerio del Trabajo amplía plazos para el registro de planes de igualdad y para el reporte de acciones bajo la Ley de Igualdad Salarial

01.12.2025

La SPDP fija criterio sobre requisitos académicos del delegado de protección de datos

24.11.2025

El Ministerio del Trabajo introduce nuevos criterios para el registro del protocolo de prevención de acoso laboral

24.11.2025

Resolución del SRI introduce requisitos y reglas de exoneración del impuesto a la propiedad de vehículos eléctricos en Ecuador