Los sujetos pasivos del Impuesto a la Renta, que realicen operaciones con partes relacionadas, y no se encuentren exentos del régimen de precios de transferencia, están obligados a presentar el Informe Integral de Precios de Transferencia y sus anexos en un plazo no mayor a dos meses a la fecha de exigibilidad de la declaración del impuesto a la renta, es decir, hasta el mes de junio. Esta obligación debe cumplirse de acuerdo a las siguientes consideraciones:
- Anexo de Operaciones con Partes Relacionadas: será presentado si dentro de un mismo período fiscal se han efectuado operaciones con partes relacionadas en un monto acumulado superior a tres millones de dólares
- Informe Integral de Precios de Transferencia: será presentado si el monto de operaciones realizadas con partes relacionadas es superior a los quince millones de dólares.