El SRI establece las normas que regulan la emisión de los coeficientes técnicos para la devolución de IVA a exportadores

La Resolución No. NAC-DGERCGC19-00000015 del Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció que exportadores de bienes podrán acceder a la devolución del IVA conforme al mecanismo de devolución por coeficientes técnicos. Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC19-00000018, el SRI estableció las normas que regulan la emisión de los coeficientes técnicos para la devolución, así como la metodología a ser empleada para su emisión. En lo principal, la Resolución establece lo siguiente:

Metodología de determinación de los coeficientes:

Para el cálculo de los coeficientes técnicos se considerará la información de las declaraciones del formulario de IVA presentadas por los exportadores de bienes. La información a considerar corresponderá al ejercicio fiscal anterior a la fecha de cálculo de dichos coeficientes, de conformidad con la periodicidad prevista en el artículo 4 de la resolución.

El cálculo del coeficiente técnico se establecerá con la información individual del contribuyente.

Periodicidad de la determinación de los coeficientes técnicos

El Servicio de Rentas Internas establecerá de manera anual, en febrero de cada año, los coeficientes técnicos con base en los cuales operará este mecanismo de devolución, obtenidos de acuerdo a la metodología prevista en el artículo precedente.

Vigencia de los coeficientes técnicos determinados

Los coeficientes técnicos definidos por el Servicio de Rentas Internas de manera anual serán aplicables a las devoluciones que se soliciten respecto de los períodos fiscales comprendidos entre enero y diciembre del año en el cual se publican.

Publicación de los coeficientes técnicos

Los coeficientes técnicos con base en los cuales operará la devolución a la que se refiere la presente Resolución serán publicados en el sistema de devoluciones de IVA por Internet, durante los primeros días de febrero de cada año. Dichos coeficientes podrán ser consultados de acuerdo al procedimiento previsto en la guía disponible para el efecto, publicada en el portal web institucional (www.sri.gob.ec).

 

En el siguiente enlace podrá encontrar el texto completo de la Resolución: No. NAC-DGERCGC19-00000018

05.05.2019

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