Mediante Acuerdo Ministerial No. MDT-2019-070, de 21 de marzo de 2019, el Ministerio del Trabajo fija el valor del salario digno para el año 2018 en $444,62; y fija el procedimiento para el pago de la compensación económica.
Sobre el cálculo de la compensación económica
El valor de la compensación equivale a la diferencia entre el salario digno y el ingreso mensual que la persona trabajadora o ex trabajadora percibió durante el año 2018.
Del cálculo del ingreso mensual
Para el cálculo del ingreso mensual se debe sumar los siguientes componentes:
- El sueldo o salario mensual del año 2018;
- La decimotercera remuneración valor proporcional al tiempo laborado en el año 2018;
- La decimocuarta remuneración valor proporcional al tiempo laborado en el año 2018;
- Las comisiones variables que se hubieren pagado;
- La participación de utilidades del ejercicio fiscal 2017 y pagadas en el año 2018;
- Los beneficios adicionales percibidos en dinero en el año 2018; y,
- Los fondos de reserva correspondientes al año 2018.
El periodo para el cálculo de la compensación económica va desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2018, exceptuando los casos en los que la persona hubiere laborado por un lapso menor al año, en cuyo caso el cálculo será proporcional al tiempo trabajado.
De la obligación de pago de la compensación económica
Están obligados al pago de la compensación económica para alcanzar el salario digno, los empleadores, sociedades o personas naturales obligadas a llevar contabilidad, que hubieren generado utilidades en el año 2018 o que hubieren pagado un anticipo al impuesto a la renta inferior a esas utilidades; y que, durante el ejercicio económico, no pagaron a sus trabajadores por lo menos el monto del salario digno.
La compensación económica para alcanzar el salario digno debe pagarse hasta el 31 de marzo. Para el efecto, el empleador debe destinar hasta el 100% del valor de las utilidades correspondientes al año 2018.
En el siguiente enlace podrá encontrar el Acuerdo Ministerial No. MDT-2019-070.