El SRI establece el procedimiento para la declaración y pago del ICE

Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC19-00000005, el Servicio de Rentas Internas (SRI) establece las normas y el procedimiento para la Declaración, liquidación y pago del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE).

Declaración del ICE en fabricación de bienes o prestación de servicios

Las personas naturales y las sociedades fabricantes de bienes o prestadoras de servicios gravados con ICE, presentarán mensualmente una declaración por las operaciones realizadas dentro del mes calendario inmediato anterior y gravadas con este impuesto, mediante el Formulario de Declaración del Impuesto a los Consumos Especiales, disponible en la página web institucional de la administración tributaria.

Declaración, liquidación y pago del ICE en importaciones

En el caso de importaciones, la liquidación del ICE se efectuará en la declaración de importación y su pago se realizará previo al despacho de los bienes por parte de la oficina de aduana correspondiente, observando para el efecto las disposiciones del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador SENAE.

Quienes realicen importaciones de bienes gravados con el ICE deberán presentar ante el Servicio de Rentas Internas una declaración mensual por todas aquellas importaciones gravadas con este impuesto, realizadas durante el mes calendario inmediato anterior, en las mismas fechas de vencimiento indicadas en el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno y solo por aquellos meses en los cuales exista un valor a pagar por concepto de reliquidación del impuesto, en relación al valor de ICE pagado en la aduana, utilizando el código de impuesto correspondiente.

Intereses para el caso de presentación tardía de declaración de ICE en importaciones

En caso de que la declaración de ICE se presente fuera del plazo correspondiente, se considerarán intereses desde el día siguiente de la fecha máxima de presentación.

Declaración, liquidación y pago del ICE por ventas a crédito

En aquellas ventas por las que se haya concedido crédito mayor a un mes para el pago, los sujetos pasivos deberán declarar dichas ventas en el mes siguiente y pagar el impuesto generado hasta el mes subsiguiente de realizadas, utilizando el código de impuesto correspondiente.

El diferimiento del pago del ICE, se aplica también para sujetos pasivos de este impuesto que sean importadores de bienes gravados, únicamente por los valores a reliquidar si fuere el caso.

Declaración de ICE por tipos de bienes y servicios gravados

Los sujetos pasivos del ICE deberán presentar de forma mensual un Formulario de Declaración del Impuesto a los Consumos Especiales por cada tipo de bien o servicio prestado, gravado con el ICE, de acuerdo al formato establecido para el efecto y que se encuentra disponible en el portal web institucional, utilizando el código de impuesto correspondiente.

17.02.2019

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