En febrero se deberá presentar el Anexo de Gastos Personales de 2018

En el mes de febrero se deberá cumplir con la obligación anual de presentar el Anexo de Gastos Personales. Están obligados a presentar la información relativa a los gastos personales, correspondiente al periodo fiscal 2018, las personas naturales cuyos gastos personales deducibles superen el 50% de la fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta vigente para el ejercicio impositivo declarado. El anexo se deberá presentar de acuerdo al siguiente calendario:

Noveno dígito del RUC o cédula Fecha máxima de entrega
1 10 de febrero
2 12 de febrero
3 14 de febrero
4 16 de febrero
5 18 de febrero
6 20 de febrero
7 22 de febrero
8 24 de febrero
9 26 de febrero
0 28 de febrero

 

10.02.2019

BLOG & NOTICIAS

Lo más reciente.

17.03.2025

SCVS reforma el reglamento de juntas generales en Ecuador: asistencia presencial y virtual

17.03.2025

Entra en vigencia la Ley Orgánica para Impulsar la Economía de las Mujeres Emprendedoras del Ecuador

09.03.2025

Contribución Temporal de Seguridad: plazo de pago vence el 31 de marzo de 2025

06.03.2025

Sentencia 49-20-IN/25: inconstitucionalidad de disposiciones de la Ley de Apoyo Humanitario y normas relacionadas