En febrero se deberá presentar el Anexo de Gastos Personales de 2018

En el mes de febrero se deberá cumplir con la obligación anual de presentar el Anexo de Gastos Personales. Están obligados a presentar la información relativa a los gastos personales, correspondiente al periodo fiscal 2018, las personas naturales cuyos gastos personales deducibles superen el 50% de la fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta vigente para el ejercicio impositivo declarado. El anexo se deberá presentar de acuerdo al siguiente calendario:

Noveno dígito del RUC o cédula Fecha máxima de entrega
1 10 de febrero
2 12 de febrero
3 14 de febrero
4 16 de febrero
5 18 de febrero
6 20 de febrero
7 22 de febrero
8 24 de febrero
9 26 de febrero
0 28 de febrero

 

10.02.2019

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