El Servicio de Rentas Internas derogó dos resoluciones importantes que regían desde 2017: las resoluciones No. NAC-DGERCGC17-00000566 y No. NAC-DGERCGC17-00000567.
La primera fue aquella que estableció la obligatoriedad de las personas naturales y sociedades residentes en el Ecuador, de reportar la información respecto a los activos monetarios que mantengan en instituciones financieras del exterior, respecto de los cuales sean titulares, de forma individual o colectiva, de manera directa o indirecta.
La segunda estableció la obligación de las entidades que integran el sistema financiero nacional, de reportar al SRI la información respecto de las transferencias recibidas y enviadas a través del sistema de mensajes de la Sociedad de Telecomunicaciones Financieras Interbancarias Mundiales de los Mensajes (SWIFT).
La resolución derogatoria entrará en vigencia tras su publicación en el Registro Oficial. Con su entrada en vigencia, ya no habrá necesidad de que los mencionados sujetos pasivos reporten la referida información.