La Superintendencia de Compañías expide las normas para aplicar la remisión

El 24 de octubre de 2018 se publicó en el Registro Oficial la resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2018-0035 de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros; que contiene las normas para la aplicación de la remisión de intereses y multas contemplada en la Ley de Fomento Productivo.

En lo principal, las normas disponen lo siguiente:

  • La remisión contemplará el cien por ciento de intereses, multas, costas procesales de procedimientos de ejecución coactiva y demás recargos derivados del saldo de las obligaciones, cuya administración y recaudación le corresponde única y directamente a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
  • Las obligaciones deben haberse encontrado vencidas hasta el 21 de agosto de 2018. No aplica a las obligaciones tributarias correspondientes al ejercicio económico del año 2017.
  • También aplicará la remisión del cien por ciento de los costos de publicación señalados en los artículos 407 y 408 de la Ley de Compañías, que fueron derogados a partir de la reforma publicada en el Registro Oficial No. 312 del 5 de noviembre de 1999, incluidos sus recargos pertinentes.
  • Las personas naturales o jurídicas que pretendan beneficiarse de la remisión señalada en el artículo anterior, deberán presentar la respectiva solicitud de remisión. Adicionalmente, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, habilitará en la página web de la institución una opción para dicho fin.
  • Los sujetos pasivos de las obligaciones tendrán 90 días hábiles, contados desde el 21 de agosto de 2018, para acogerse a la remisión. Deberán cancelar dentro del mismo plazo, la totalidad del capital adeudado o solicitar facilidades de pago.
  • Las facilidades de pago se otorgarán hasta por un año, todo dentro del referido plazo de 90 días hábiles antes mencionado. El lapso de hasta un año correspondiente a las facilidades de pago se contará a partir del 21 de agosto de 2018.
  • Durante el precitado plazo de 90 días hábiles, las compañías controladas que tienen información financiera pendiente de entregar, correspondiente a ejercicios económicos anteriores al año 2017, podrán acogerse a esta remisión, presentar la información y pagar los valores pertinentes, sin intereses.

29.10.2018

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